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Derecho público chileno

DictamenN° 14.081 de 201623 feb 2016

Exoneración de responsabilidad civil por extravío de bastón antidisturbios de Carabineros

Fecha
23 de febrero de 2016
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62 art/62
Descriptores
Carabineros de Chile, exoneración de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 14.081 de 2016

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario por el extravío del bastón, al constar que la pérdida no se debió a su culpa o negligencia, pues ocurrió mientras prestaba cooperación en el rescate de personas y especies durante un incendio.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 14.081 Fecha:23-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa instruida con motivo del extravío de un bastón antidisturbios que se encontraba bajo la custodia de su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 13 de noviembre de 2014, ese servidor, acompañado de otro empleado, concurrió hasta el Pasaje El Mercurio, en la comuna de Conchalí, en el cual se producía un incendio que afectaba a tres inmuebles; una vez en el lugar, prestó cooperación en el rescate de personas y de especies, percatándose, una vez concluidas esas labores, que no portaba el mencionado bastón.

Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 31438045, de 2015, del Departamento Armamento y Municiones, fueron por un monto de US$ 60 dólares de los Estados Unidos de América (equivalente a $35.549, a la data de la pérdida), resolviendo la misma unidad, a través de su orden N° 335, de ese año, dar de baja dicha especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por el extravío del referido bastón.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Subcontralor General de la República Subrogante