Sobre exoneración de responsabilidad civil
- Fecha
- 18 de febrero de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/62
- Descriptores
- Contraloría General de la República (facultades), condonaciones, facilidades, reintegros y exoneraciones de responsabilidad civil
- Cita
- Dictamen N° 13.745 de 2015
Texto íntegro
N° 13.745 Fecha: 18-II-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5951, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.
Al respecto, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 13 de noviembre de 2013, ese servidor se desplazaba en el citado móvil por la Avenida San Pablo, y al llegar a la intersección con calle Maipú, en la comuna de Santiago, colisionó con un taxi que ingresó al cruce de vías sin respetar la señal PARE que enfrentaba, lo que la Subprefectura de Investigación de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 244, de 2013, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Tercer Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna.
Los daños producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 6, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $2.076.193, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.
Ahora bien, el artículo 62 de la citada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.
De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5951; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante