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Derecho público chileno

DictamenN° 13.193 de 201420 feb 2014

Trato directo de la Dirección de Obras Hidráulicas para obra de enrocado en estero Nonguén

Fecha
20 de febrero de 2014
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Fuentes legales
ley 20641 art/6
Descriptores
DOH, trato directo, aprueba convenio
Cita
Dictamen N° 13.193 de 2014

Resumen

Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución que aprueba el convenio de trato directo, por insuficiencia de los recursos consultados para financiar la contratación y por errores y antecedentes faltantes en el documento.

Sumario de la Contraloría

Representa la resolución N° 210, de 2013, de la Dirección de Obras Hidráulicas

Texto íntegro

N° 13.193 Fecha: 20-II-2014 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 210, de 2013, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba el convenio de trato directo para la ejecución de la obra “Construcción de Enrocado en estero Nonguén, sector puente en Avenida General Bonilla, Comuna de Concepción, Provincia de Concepción, Región del Biobío”, por cuanto se verifica que los recursos consultados en los decretos N os 248, 748 y 1.547, todos de 2013, del Ministerio de Hacienda, que contienen la asignación presupuestaria respectiva -Código BIP RUT reservado- resultan insuficientes para financiar la contratación. Asimismo, la asignación 002 a que se refiere el resuelvo 7° del documento en estudio es incorrecta, toda vez que la contratación de la especie versa sobre una obra. Finalmente, no se acompaña el certificado que acredite el cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la ley N° 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2013; copia de la boleta de garantía de fiel cumplimiento establecida en el punto 7 de la parte I “Condiciones Administrativas de Contratación”; copia de la póliza por daños a terceros que el contratista debió suscribir en conformidad al punto 8 de la recién citada parte I, los antecedentes relativos al personal del contratista aludidos en el punto 2 de la parte IV “Condiciones Administrativas de las Obras”, ni el acta de entrega de terreno.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación