Bono de la ley N° 20.612 y criterios de asignación para funcionarios de la salud
- Fecha
- 20 de febrero de 2014
- Fuentes legales
- ley 20612
- Descriptores
- hospital, bonificación ley 20612
- Cita
- Dictamen N° 12.841 de 2014
Resumen
Se ratifica el pronunciamiento que denegó el bono, pues la recurrente no cumple los criterios de asignación y la normativa no otorga prioridad por años de trabajo pesado; no aportó nuevos antecedentes.
Sumario de la Contraloría
Ratifica oficio N° 63.223, de 2013, de este origen, que señala que la recurrente no ha accedido al bono de la ley N° 20.612, por no cumplir con los criterios de asignación que para ello estipula dicha normativa
Relaciones
Este documento se refiere a
- Confirma Dictamen N° 68.083 de 2013
- Confirma Dictamen N° 63.223 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 12.841 Fecha: 20-II-2014 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General doña nombre reservado, funcionaria del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, para alegar que no le ha sido otorgada la bonificación prevista en la ley N° 20.612.
Sobre el particular, es necesario recordar que el mismo reclamo fue respondido mediante dictamen N° 63.223, de 2013, de este origen, el que señaló, en síntesis, que la peticionaria no ha accedido al bono en comento, ya que en los distintos periodos de postulación a este, han existido más interesados que cupos disponibles, no resultando seleccionada a la fecha, por no cumplir con los criterios de asignación que para ello ha determinado la citada normativa, la que, por lo demás, no otorga prioridad a las personas a quienes se les ha reconocido años de trabajo pesado, como sería su caso, lo que se encuentra en armonía con lo manifestado en el dictamen N° 68.083, de 2013, de este Ente Fiscalizador .
En consecuencia, en atención a que la presentación en examen no aporta nuevos antecedentes ni difiere en sus alegaciones con aquella que fue resuelta a través del mencionado oficio, es del caso concluir que no procede variar lo estipulado en el mismo, por lo que se ratifica dicho pronunciamiento en todas sus partes.
Transcríbase al Hospital San Juan de Dios.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante