Requisitos para asumir el cargo de director de liceo municipal y uso de permiso sin goce de sueldo
- Fecha
- 1 de marzo de 2011
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19070 art/24, dfl 1/96 educa
- Descriptores
- nombramiento director de liceo MUN
- Cita
- Dictamen N° 12.614 de 2011
Resumen
El nombramiento del director no adolece de vicios, pues la ley N° 19.070 no exige estudios de posgrado para ese cargo; sobre el permiso sin goce de sueldo se remitieron antecedentes a fiscalización.
Sumario de la Contraloría
Sobre presentaciones relativas a nombramiento y actuación irregular de director de liceo de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 7.768 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 12.614 Fecha: 1-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, ex funcionario de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, haciendo presente, en primer término, la irregularidad que a su juicio fue cometida en el nombramiento del señor nombre reservado como Director del Liceo “Enrique Backausse”, al no contar éste con un título de posgrado para asumir dicho cargo.
Sobre el particular, cumple con señalar que, tratándose de los cargos regidos por la ley Nº 19.070, sobre Estatuto de los Profesionales de la Educación, los requisitos para incorporarse a una dotación docente se encuentran establecidos en el artículo 24 de ese texto legal, sin que se contemplen específicamente en dicho cuerpo normativo otros requisitos para acceder al cargo de Director (aplica criterio contenido en dictamen N° 7.768, de 2010).
En ese sentido, es del caso destacar que, dado que en dicha normativa no se contempla especialmente como requisito para postular al citado cargo el acreditar estudios de posgrado, el nombramiento del señor nombre reservado, como Director del Liceo “Enrique Backausse” -a través del decreto N° 236, de 2008, que fuera registrado en su oportunidad por este Ente de Control-, no adolece de vicios a este respecto.
Finalmente, en lo que dice relación con lo expuesto por el Señor nombre reservado en relación al uso irregular de un permiso sin goce de sueldo por parte del señor nombre reservado, cumple con hacer presente que se han remitido copias de los antecedentes a la Subdivisión de Auditoría e Inspección de la División de Municipalidades de esta Entidad Contralora, para que efectúe la correspondiente fiscalización.
nombre reservado
Contralor General de la República