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Derecho público chileno

DictamenN° 12.267 de 201125 feb 2011

Sobre derecho al bono de la ley 20305

Fecha
25 de febrero de 2011
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Fuentes legales
ley 20305 art/quinto tran, ley 20305 art/1
Descriptores
bono post laboral
Cita
Dictamen N° 12.267 de 2011

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 12.267 Fecha: 25-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, ex funcionaria de la Universidad de Chile, quien cesó en funciones por renuncia voluntaria, a contar del 1 de marzo de 2007, para solicitar un pronunciamiento sobre el derecho que le asistiría a obtener el bono de la ley N° 20.305.

Sobre el particular, cabe expresar que el mencionado texto legal, dispone en su artículo quinto transitorio, en lo pertinente, que las personas que hayan cesado en sus funciones, en lo que interesa, por renuncia voluntaria, en alguna de las calidades y organismos señalados en su artículo 1° -entre ellos, esa Casa de Estudios Superiores-, durante el período comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y su entrada en vigencia, esto es, el 1 de enero de 2009, tendrán derecho al bono de naturaleza laboral que concede.

La misma disposición transitoria agrega que las personas afectas a este artículo, presentarán sus solicitudes ante el jefe superior del servicio o jefatura máxima de la institución u organismo en el cual hubiere cesado en funciones, a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta ley -el 1 de enero de 2009- y hasta dentro de los doce meses siguientes a ella. Con todo, si dichas personas no presentan las solicitudes para acceder al bono dentro del plazo indicado, se entenderá que renuncian a él.

Por consiguiente, atendido que la señora nombre reservado, según expresa, no presentó su solicitud de concesión del aludido bono, dentro del anotado término, cabe concluir, conforme con el criterio contenido en el dictamen N° 21.441, de 2010, de este origen, que se entiende, por expreso mandato del legislador, que ha renunciado al beneficio que invoca, no asistiéndole, por tanto, el derecho a percibirlo.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante