Reconsideración de dictamen sobre fuero maternal de ex funcionaria de gobernación provincial
- Fecha
- 25 de febrero de 2011
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ctr art/201
- Descriptores
- reconsideración dictamen fuero maternal
- Cita
- Dictamen N° 12.037 de 2011
Resumen
Se deja sin efecto el dictamen anterior y se declara que la recurrente estaba acogida al fuero maternal al momento de su desvinculación, por lo que corresponde regularizar su situación, al aportarse nuevos antecedentes médicos sobre la fecha de concepción.
Sumario de la Contraloría
Sobre reconsideración del dictamen N° 78997, de 2010, de esta Entidad de Control
Relaciones
Este documento se refiere a
- Reconsidera Dictamen N° 78.997 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 12.037 Fecha: 25-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, ex funcionaria de la Gobernación Provincial de Talagante, solicitando la reconsideración del dictamen N° 78.997, de 2010, de este origen, por cuanto indica, que en conformidad a los nuevos antecedentes agregados por ella, se puede comprobar que a la fecha de notificación de su despido se encontraba embarazada y, por ende, amparada por el fuero maternal.
Sobre la materia, cabe manifestar que en el citado pronunciamiento, se determinó en síntesis, que la interesada no se encontraba protegida por el derecho contemplado en el artículo 201 del Código del Trabajo, vale decir, por el fuero maternal, al 20 de julio de 2010, data del cese de sus funciones, de modo que su reincorporación al servicio resultaba improcedente.
Ahora bien, la ocurrente acompañó en esta oportunidad, un certificado médico extendido el 28 de septiembre de 2010, que establece como fecha probable de la concepción el día 17 de julio de ese año, documento que corrobora la información otorgada por la ecografía obstétrica practicada el día 27 de septiembre del mismo periodo, y que también se adjunta a esta actuación.
Por consiguiente, y dado que los datos aportados son suficientes para modificar la aludida decisión, no cabe sino dejar sin efecto el dictamen N° 78.997, de 2010, declarando en definitiva, que la recurrente se encontraba acogida al fuero maternal a la época de su desvinculación de dicho organismo, por lo que corresponde que la Gobernación de Talagante regularice su situación, si es que no lo hubiese hecho a esta fecha.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante