Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto
- Fecha
- 25 de febrero de 2011
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- abstención Contraloría, Sentencia judicial sobre la materia
- Cita
- Dictamen N° 11.892 de 2011
Texto íntegro
N° 11.892 Fecha: 25-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, para solicitar, por las razones que expone, la reconsideración del dictamen N° 14.974, de 1998, de este origen, mediante el cual se concluyó que la resolución del Ejército de Chile, que, con fecha 30 de abril de ese año, lo incluyó en la lista anual de retiros, lo que le permitió cumplir 20 años de servicios y tener derecho a pensión, se ajustó a derecho.
Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado que el interesado, por la situación descrita, interpuso ante el 18° Juzgado Civil de Santiago, una demanda de indemnización de perjuicios, Tribunal que con fecha 15 de abril de 2010, habría fallado el asunto.
Al respecto, cumple señalar que este Organismo Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de su Ley Orgánica N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que sobre la materia se interpuso acción ante el mencionado Juzgado Civil, en causa Rol N° 4683-2003, el que dictó sentencia definitiva.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante