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Derecho público chileno

DictamenN° 11.625 de 201320 feb 2013

Actas de la Junta Calificadora fueron firmadas por el recurrente, careciendo de fundamento su reclamo en tal sentido

Fecha
20 de febrero de 2013
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Ley 20285 art/primero art/10
Descriptores
reclamo de calificaciones, entrega actas junta calificadora, ley de transparencia
Cita
Dictamen N° 11.625 de 2013

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 11.625 Fecha: 20-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, presidente de la Asociación de Funcionarios del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y representante de dicha entidad en la Junta Calificadora de ese servicio, para reclamar que no se le han dado a conocer las actas del proceso de calificación del período 2010-2011 y, por ende, no las ha firmado, lo que estima irregular.

Requerido su informe, la aludida Secretaría de Estado ha señalado que tal circunstancia no es efectiva, adjuntando las respectivas actas del citado órgano colegiado en las que constan los acuerdos tomados y la firma del recurrente.

Al respecto, cabe manifestar que en los antecedentes remitidos por el anotado servicio, figura la asistencia del señor nombre reservado a las sesiones de la Junta Calificadora, en su calidad de representante de la mencionada Asociación de Funcionarios. Asimismo, se advierte que expresó su opinión en los acuerdos tomados acerca de la evaluación de algunos servidores, y que a las actas se adjuntan las hojas de asistencia firmadas por todos los integrantes de la Junta, incluido el requirente, de lo que se desprende que tomó conocimiento del contenido de las mismas, de modo que su reclamación en este punto carece de fundamento y debe ser desestimada.

Ahora bien, si el recurrente desea que se le entreguen las referidas actas, debe solicitarlas al organismo respectivo, en la especie, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante