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Derecho público chileno

DictamenN° 11.314 de 201123 feb 2011

Sobre facultades de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional para prestar asesoría jurídica a sus imponentes

Fecha
23 de febrero de 2011
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Fuentes legales
dfl 31/53 defen art/16, dfl 31/53 defen art/1 lt/c
Descriptores
asesoría jurídica capredena
Cita
Dictamen N° 11.314 de 2011

Texto íntegro

N° 11.314 Fecha:23-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, ex funcionario de la Armada de Chile, pensionado en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, reclamando porque dicho organismo le habría negado asistencia jurídica en circunstancias que debía brindarla, según lo expone el artículo 16 del decreto con fuerza de ley N° 31, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional, ley orgánica de esa institución, por las razones que indica.

Sobre la materia, es dable señalar que, el artículo 1° de ese cuerpo normativo, consigna como una de las funciones de esa repartición pública, en su letra c), la de “otorgar los beneficios que contempla esta ley”.

En ese contexto, el inciso segundo del artículo 16 de esa preceptiva, dispone que la referida Caja de Previsión, respecto de sus imponentes, “Podrá también establecer un servicio de Bienestar Social en el que proporcione ayuda asistencial, médica, jurídica o cualquiera otra, sea gratuita o remunerada, y en la forma que determine el reglamento correspondiente.”.

Ahora bien, cumple anotar que, conforme a los antecedentes de que dispone este Órgano de Control, dicho texto reglamentario, hasta la fecha, no se ha dictado.

Siendo ello así, y teniendo en especial consideración que el citado decreto con fuerza de ley N° 31, únicamente ha entregado una facultad a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, que ésta puede o no ejercer, según lo estime pertinente, cabe colegir, por tanto, que el aludido servicio no se encuentra obligado a prestar asistencia jurídica a sus imponentes en los términos planteados, por lo que sólo procede desestimar el reclamo presentado por el solicitante, en ese sentido.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante