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Derecho público chileno

DictamenN° 10.805 de 201610 feb 2016

Exoneración de responsabilidad civil por daños a vehículo fiscal de Carabineros en ataque

Fecha
10 de febrero de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Facultades CGR, Exoneraciones de Responsabilidad Civil
Cita
Dictamen N° 10.805 de 2016

Resumen

La Contraloría exonera de responsabilidad civil al funcionario, al constatar que los deterioros de la camioneta fiscal se produjeron por un ataque de terceros y no por su culpa o negligencia.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 10.805 Fecha: 10-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal Z-5200, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 20 de agosto de 2014, ese servidor, acompañado de otros empleados, se desplazaba en el referido móvil por la Ruta P-70, y al llegar a la altura del km. 21 de esa vía, sector Antiquina, en la comuna de Cañete, fueron atacados por un grupo indeterminado de individuos que efectuaron disparos y lanzaron piedras en contra del móvil policial y, además, una de esa personas golpeó con un palo y con sus pies la aludida camioneta, resultando ésta con diversos daños en su carrocería.

Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, de acuerdo con la orden N° 87, de 2015, de la Dirección de Abastecimiento e Infraestructura, ascenderían a la suma de $5.000.000, determinando esa unidad dar de baja dicha especie.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los deterioros causados en la camioneta fiscal Z-5200.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Subcontralor General Subrogante