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Derecho público chileno

DictamenN° 10.714 de 201610 feb 2016

Exoneración de responsabilidad civil por daño a vehículo fiscal conducido por funcionario de Carabineros

Fecha
10 de febrero de 2016
Materia
Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 10336 art/62
Descriptores
Facultades CGR, exoneraciones de responsabilidad civil
Cita
Dictamen N° 10.714 de 2016

Resumen

Se exonera de responsabilidad civil al funcionario, pues el deterioro de la motocicleta fiscal se produjo por un hecho ajeno a su culpa o negligencia, al maniobrar para evitar atropellar a un perro que se cruzó sorpresivamente.

Sumario de la Contraloría

Sobre exoneración de responsabilidad civil

Texto íntegro

N° 10.714 Fecha: 10-II-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5848, conducida por su funcionario, señor nombre reservado, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil.

Al respecto, cabe anotar que en la documentación acompañada, aparece que el día 3 de julio de 2014, mientras ese empleado se desplazaba en el referido vehículo por un camino público del sector de Quicharco, en la comuna de San Fernando, se le cruzó de forma sorpresiva un perro y al efectuar una maniobra de frenado, para evitar impactarlo, perdió el control del mencionado móvil, el que resultó con diversos deterioros.

Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 8, de 2014, del Mecánico de la Prefectura Colchagua, ascendieron a la suma de $309.400, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio.

Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros.

De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor nombre reservado, por los daños ocasionados en la motocicleta fiscal M-5848.

Saluda atentamente a Ud.

Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Subcontralor General Subrogante