Improcedencia de pronunciamiento de Contraloría sobre asuntos sometidos a tribunales de justicia
- Fecha
- 24 de abril de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Facultades CGR, abstenciones, conocimiento tribunales de justicia
- Cita
- Dictamen N° 10.558 de 2018
Resumen
Se deja sin efecto el oficio que concluyó sobre prácticas antisindicales en el Servicio Nacional de Aduanas, por estar la materia sometida a un procedimiento de tutela laboral en tramitación, correspondiendo a los tribunales resolverla.
Sumario de la Contraloría
Deja sin efecto el oficio Nº 5.852, de 2018, de la Contraloría General, por el motivo que se indica
Relaciones
Este documento se refiere a
- Reconsidera parcialmente Dictamen N° 5.852 de 2018
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 10.558 Fecha: 24-IV-2018 Se ha dirigido a esta Contraloría Regional don nombre reservado, en su calidad de Presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios de Aduanas de Chile (ANFACH), informando que, con fecha 2 de febrero de 2018, interpuso un requerimiento jurisdiccional ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, causa rol N° T-404-2017, caratulada “nombre reservado con nombre reservado”, en el cual deduce idéntica pretensión a la formulada ante esta Institución de Fiscalización con anterioridad, signada con el número de referencia 195.140, de 2017.
Al respecto, cabe señalar que la recién anotada presentación fue atendida a través del oficio N° 5.852, de fecha 26 de febrero de 2018, de la Contraloría General, junto con aquella efectuada en su oportunidad por don nombre reservado, Prosecretario de la Cámara de Diputados, por requerimiento del Diputado don Hugo Gutiérrez Gálvez, signada con el número de referencia 197.907, de 2017. En el recién aludido oficio se concluyó que en relación a la situación denunciada, no se advirtió que el Servicio Nacional de Aduanas haya incurrido en prácticas antisindicales, según se devela al tenor del mismo.
En este contexto, al encontrarse actualmente en tramitación el procedimiento de tutela laboral, causa rol N° T-404-2018, ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, es forzoso concluir que no le corresponde a este Órgano Contralor informar ni intervenir en los asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, de conformidad al artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, como acontece en la especie.
Por tanto, en mérito de lo expuesto, corresponde que esta Entidad de Fiscalización deje sin efecto el citado oficio N° 5.852, de 2018, en los términos ya anotados.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República