Cursa con alcances la resolución N° 1.298, de 2015, de la Dirección General de Aeronáutica Civil
- Fecha
- 31 de diciembre de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 19886 art/4, dto 250/2004 hacie art/70
- Descriptores
- DAERO, contratos de suministro, trato directo, garantías y cauciones
- Cita
- Dictamen N° 103.409 de 2015
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 85.789 de 2015
- Aplica Dictamen N° 58.038 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 103.409 Fecha: 31-XII-2015 Esta Contraloría General ha dado curso al acto administrativo del rubro, mediante el cual se aprueba el contrato celebrado mediante trato directo con la empresa que se singulariza para la prestación del servicio que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, esa entidad deberá velar por que el proveedor no haya incurrido en la causal de inhabilidad relacionada con las condenas por delitos concursales establecidos en el Código Penal, conforme con lo señalado en el inciso primero del artículo 4° de la ley N° 19.886 (aplica dictamen N° 85.789, de 2015). Además, atendido que el instrumento que garantiza el fiel y oportuno cumplimiento del contrato no cubre completamente el plazo previsto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, corresponde que esa entidad exija al proveedor que renueve oportunamente esa caución (aplica dictamen N° 58.038, de 2015).
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo señalado.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante