Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de un asunto en conocimiento de los tribunales de justicia
- Fecha
- 31 de diciembre de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 10336 art/6 inc/3
- Descriptores
- Fiscalización CGR, incompetencia
- Cita
- Dictamen N° 101.710 de 2014
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 94.462 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 101.710 Fecha: 31-XII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, solicitando, por las razones que expone, la reconsideración del oficio N° 38.767, de 2014, de este origen, a través del cual se ordenó, en lo que interesa, el reintegro de las remuneraciones percibidas en el período que indica.
Requerida al efecto, la citada entidad edilicia informó, en síntesis, que en lo referente a los emolumentos a que se ha hecho alusión precedentemente, dedujo una demanda de cobro de pesos en contra del recurrente, ante el Primer Juzgado Civil de San Miguel, causa Rol N° 74.242-2014.
Al respecto, cumple con señalar que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, a esta Institución Fiscalizadora no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como ocurre en la especie, motivo por el cual no cabe sino abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado (aplica criterio contenido en el dictamen N° 94.462, de 2014).
Transcríbase a la Municipalidad de Lo Espejo.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República