Aprobación de convenio por trato directo para obra de emergencia en Ruta 5, Cuesta Chaca
- Fecha
- 26 de diciembre de 2014
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Descriptores
- contratos de obras públicas
- Cita
- Dictamen N° 100.684 de 2014
Resumen
La Contraloría se abstiene de dar curso a la resolución que aprueba el convenio por trato directo, porque no se advierte diferencia entre los trabajos contratados y los pactados en la modificación de un contrato de obra previo.
Sumario de la Contraloría
Representa la resolución N° 225, de 2014, del Ministerio de Obras Públicas
Texto íntegro
N° 100.684 Fecha : 26-XII-2014 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio celebrado por trato directo para la ejecución de la obra de emergencia denominada “Estabilización de Taludes Ruta 5, Sector Cuesta Chaca Norte, Km. 2.034,600 – Km. 2.035,100; Provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota”, por cuanto no se advierte la diferencia entre los trabajos que se contratan mediante el acto de la suma y los pactados en la modificación N° 2 -sancionada por resolución exenta N° 3.628, de 2014, de la Dirección General de Obras Públicas- del contrato de obra Reposición de Pavimento y Construcción de Tercera Pista Ruta 5, Sector Cuesta Chaca, Tramo Dm. 2.027.600,00 al Dm. 2.039.012,59; Comuna de Arica, Provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota -adjudicado mediante resolución N° 1.129, de 2012, de la misma Dirección-.
Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación